Reglamento de utilización del Axis Golf Puente de Lima

PARTE GENERAL

Artículo 1º
O proprietário do Axis Golfe de Ponte de Lima e das instalações sociais adjacentes, de ora em diante designado por CGPL, é a sociedade GPL - Golfe de Ponte de Lima, S.A..

Artículo 2º
1 - El propósito de este reglamento es establecer los derechos y obligaciones de los accionistas de GPL - Golf Ponte de Lima, SA en relación con la admisión y el uso de CGPL, teniendo en cuenta la existencia de la Asociación de Club de Golf en Ponte de Lima que están asociadas únicamente con los accionistas de GPL - Ponte de Lima Golf, SA, y cuya razón de ser radica en la necesidad de crear la figura jurídica que permite la inscripción en la Federación Portuguesa de Golf, con los consiguientes beneficios para todos los miembros.

2 - Esta asociación tiene como objetivo mantener y ejecutar un palo de golf para el disfrute de sus socios, para desarrollar actividades sociales y, en general, proporcionar todos los beneficios asociados con la costumbre de un club de golf privado.

Artículo 3º
La GPL - Golf Ponte de Lima, SA pone a disposición de sus accionistas y socios del Club de Golf en Ponte de Lima a partir de ahora los miembros, el campo de golf de Ponte de Lima y su "Casa Club" y el instalaciones de apoyo y todo lo que es razonablemente necesario, de conformidad con el presente Reglamento. La GPL - Golf Ponte de Lima, SA será el único responsable de los gastos relacionados con el funcionamiento del club, la contratación de personal, suministros y todos los demás temas, incluyendo el anticipo de fondos, y la recepción de ingresos tanto para el club golf.

Artículo 4º
Es deber de la GPL - Golf Ponte de Lima, SA velará por el mantenimiento del campo con el fin de poner a disposición de todos los miembros, un campo de golf de dieciocho hoyos, con lo que los más altos estándares de calidad para la práctica del golf profesional y aficionados

Artículo 5º
De acuerdo con el presente Reglamento no tiene pareja, por lo tanto, no tienen la responsabilidad financiera a la GPL - Ponte de Lima Golf, SA, excepto en relación con el pago de la "Tasa Anual" y los gastos de personal.

SOCIOS: DERECHOS Y DEBERES

Artículo 6º
Los miembros del club se dividen en las siguientes categorías:

Son Miembros INDIVIDUALES, todos los titulares de una parte de la clase A de la GPL - Ponte de Lima Golf, SA.

Los miembros individuales, así como otros en el presente Reglamento:
  • Utilice el campo de golf y las instalaciones del Club, sin tener que pagar "green fee";
  • El derecho a la salida de la cita con anticipación de cuarenta y ocho horas para su comodidad;
  • El derecho a la reserva del campo los fines de semana sólo para miembros y sus invitados, siempre que jugar el mismo juego (por ejemplo, los miembros de torneos internacionales);
  • El derecho a utilizar bajo condiciones especiales de los servicios de profesionales de golf;
  • El derecho a participar en las Asambleas Generales del Club de Golf en Ponte de Lima;
  • El derecho a tramitar la acción a través de una "tasa" para la transferencia;
  • El derecho a la difusión de la acción o de sus herederos que hayan sido expresamente designadas sin tener que pagar la "cuota" para la transferencia;
  • El derecho a designar, pero no más de una vez al año, otro usuario, a ser aprobados previamente por la GPL - Golf Ponte de Lima SA, que tiene lugar los derechos de uso CGPL;
  • El derecho de invitar a la gente a jugar en el campo, que tienen un "handicap" oficial, previo pago de una "tasa verde" especial, no obstante, se preguntó la misma persona más de tres veces al año;
  • El derecho a presentar hasta seis jugadores no invitados a la "Casa Club" y el uso de las instalaciones, pero no puede usar el campo de golf.

Los miembros individuales, además de otras previstas en el presente Reglamento, están obligados a:
  • Pagar el costo de alquiler de coches, armarios, o el consumo de otros;
  • Pagar la "tasa anual" para G.P.L. Ponte de Lima Golf, SA;
  • Pagar la cuota anual del club de golf.

No habrá más de seiscientos miembros individuales, lo que corresponde al número de acciones de clase A

Son MIEMBROS del COLECTIVO, todos los titulares de una parte de la categoría B de la GPL - Golf Ponte de Lima, SA Los miembros del colectivo, aparte de otros en virtud de este Reglamento:
  • De hasta cinco jugadores, las personas cuyos derechos y privilegios de la reserva será el mismo que los miembros individuales, con la única limitación puede reservar dos ", a partir de los tiempos" por día, sujeto a disponibilidad y no, a utilizar más de dos;
  • Cada derecho no utilizado de nominación puede ser cambiado por veinte "Greenfees" válido de forma gratuita este año;
  • Cada miembro tendrá derecho a un colectivo "día social" por año a ser un día laborable de la semana de acuerdo con el club, y donde el colectivo social puede tener cincuenta invitados sin goce de sueldo "Greenfees";
  • Cada uno de los cinco jugadores nominados por los miembros del colectivo se puede reemplazar, pero no más de una vez al año, excepto en circunstancias especiales a considerar la GPL - Ponte de Lima Golf, SA, en cada caso, (la muerte o el desplazamiento de un jugador indicado para la sustitución de miembros de la familia de los jugadores o funcionarios indicaron, etc.) Fuera de estos casos especiales, los cambios de los jugadores mencionados están sujetos al pago de "fee" designación que se determinará por la GPL - Ponte de Lima Golf, SA.

Los miembros del colectivo más allá de lo previsto en este Reglamento están obligados a:
  • Pagar el costo de alquiler de coches, armarios u otro consumo de;
  • Pagar la "Tasa Anual" de la GPL - Ponte de Lima Golf, SA, que es tres veces la tasa de los miembros individuales;
  • Pagar la cuota anual del club de golf, que es tres veces mayor que la de los miembros individuales.

No habrá más de un centenar de miembros del colectivo para el número de acciones de clase B.

Los MIEMBROS HONORARIOS son aquellos que están designados como tales por la GPL - Ponte de Lima Golf, SA, independientemente de si o no a sus accionistas. Los miembros honorarios tienen los mismos derechos y privilegios como miembros individuales, pero no va a pagar la "Tasa Anual". No habrá más de quince miembros de honor, al mismo tiempo. La calidad de miembro honorario se extingue por muerte o por decisión de la GPL - Ponte de Lima Golf, SA.

SOCIOS FUNDADORES son los otorgantes de la escritura de constitución del club de golf, 200 1 /, así como los miembros que se incorporan al club. El otorgante de la escritura de constitución del club de golf tendrá los mismos privilegios que los miembros individuales y colectivos, pero no va a pagar las cuotas anuales.

Son MIEMBROS DE LARGA DISTANCIA que el GLP - Golf Ponte de Lima, SA designe como tal, tener la residencia permanente a más de un centenar de kilómetros del campo de golf de Ponte de Lima y sean titulares de una acción de tipo A o B de la GPL - Ponte de Lima Golf, SA.

Miembros pagarán de larga distancia de la tasa de sesenta por ciento anual en vigor. Todos los demás derechos y obligaciones de los miembros permanecen sin cambios.

Artículo 7º
  1. Para el año mil novecientos noventa y seis, el "Tasa Anual" se ha fijado en 90.000 dólares 00 (noventa mil proyectiles), además de Impuesto al Valor Agregado vigente;
  2. El canon anual se paga por cada socio a la GPL - Ponte de Lima Golf, SA. La administración de la GPL - Golf Ponte de Lima, SA antes del día 30 de noviembre de cada año, la "Tasa Anual" para el siguiente año, que sin embargo no puede ser aumentado por encima de la tasa de inflación determinada por el Instituto Nacional de Estadística para el año anterior;
  3. Una cuota fija anual para el año siguiente se debe pagar hasta el día 31 de enero de este año;
  4. Pago de la tasa anual en el período antes mencionado es una condición para el uso de CGPL y disfrute por los miembros de otros derechos en virtud del presente Reglamento.

Artículo 8º
Cualquier miembro podrá llevar a tres jugadores invitados durante la semana y un jugador invitado en fines de semana o días festivos, el pago por un miembro de tal importancia que fija periódicamente por el Director de Campo "green fee" invitado.

Además, cualquier miembro puede llevar un máximo de dos jugadores invitados por fin de semana o día festivo, un total de diez ocasiones en el mismo año, mediante el pago de su "green fee". Todo miembro podrá someter a un máximo de cuarenta personas al año sin contar con la sociedad de los clientes al día.

El mismo huésped, no puede ser admitido a más de tres veces en un año.

El miembro debe acompañar siempre a los jugadores invitados, a menos que obtuvo la autorización del Director de campo contrario. El nombre y la dirección del jugador invitado, y el nombre de su pareja, deben ser incluidos en el libro de visitas y de pago para "green fee" debe hacerse antes de la patada de salida.

Artículo 9º
Todo miembro podrá someter hasta seis jugadores no invitados a la "Casa Club" y el uso de las instalaciones (pero no puede usar el campo de golf).

Los jugadores invitados no siempre son acompañados por el miembro que invita a los obtenidos a menos que sea autorizado por el Director del Campo. El nombre y la dirección de los invitados no nombró a los jugadores y su pareja deben anotarse en el libro de visitas antes de entrar en la "Casa Club".

Artículo 10º
El cónyuge o hijo de un socio, no se tendrán en cuenta los clientes.

El cónyuge y / o hijos solteros de una pareja que se registren como jugadores pagará el sesenta por ciento de la cuota anual vigente.

El Director de Campo tendrá facultades discrecionales para permitir a los miembros de jugar con su cónyuge y / o niños (hasta que llegan a la edad de veintiún años), cuando la salida se lleva a cabo en el mismo "tiempo de inicio" y desde la protección de los intereses de los todos los miembros del club mediante el pago reducido a un treinta por ciento a un veinte por ciento para los cónyuges y los hijos del "green fee" en vigor.

El cónyuge y / o hijos de una pareja puede utilizar las ventajas de la "Casa Club", cuando acompañados por el miembro, pero no puede invitar a la gente a la "Casa Club", sin el consentimiento previo del Director del Campo.

Artículo 11º
A modo de excepción o en caso de fuerza mayor, la licencia GPL - Golf Ponte de Lima, SA podrá resolver el campo y / o la casa club, o parte de ella por un período y para cualquier propósito que considere necesarios o convenientes, incluyendo cambios en su decoración o renovación.

Ningún miembro tendrá derecho a ser reembolsado por la "tasa anual" pagado, o cualquier otro tipo de compensación en caso de terminación del campo o el club, por las razones mencionadas anteriormente.

La GPL - Golf Ponte de Lima, SA tendrá la facultad de organizar y permitir a los miembros y sus invitados a las reuniones sociales que tienen lugar en la "Casa Club".

Es responsabilidad exclusiva de la licencia GPL - Golf Ponte de Lima, la admisión de los miembros de SA del Club de Golf en Ponte de Lima.

La GPL - Golf Ponte de Lima, SA todavía tiene la facultad de autorizar el uso del campo de golf de Ponte de Lima y su infraestructura, incluyendo el "Clubhouse", ya que no entra en conflicto con los intereses de los miembros del club de golf Ponte de Lima.

ORGANIZACIÓN INTERNA

Artículo 12º
1 - El uso de la gestión CGPL estará a cargo de un Director nombrado por el campo GPL - Ponte de Lima Golf, SA

2 - El Director de Campo es el Jefe del Ejecutivo con el poder de la actual administración.

3 - Es la GPL - Golf Ponte de Lima, SA garantizar el uso adecuado de los campos e instalaciones en el estricto cumplimiento de este reglamento.


Artículo 13º
FUNCIONES DEL DIRECTOR
El Director será responsable de todos los documentos pertenecientes al Club y mantener un registro de los miembros del Club (el "Registro de Club"). Es responsable de mantener todos los registros al día y tomar nota de los procedimientos y la gestión de los registros del club, incluyendo todas las competiciones de clubes.

Artículo 14º
El poder disciplinario
Quejas con respecto a cualquier asunto que afecte el Club debe ser presentada por escrito al Director, que será efectivo de forma apropiada con el tema. Si fuera necesario, el Director remitirá el asunto a la GPL - Ponte de Lima Golf, SA.

Artículo 15º
SANCIONES
La GPL - Golf Ponte de Lima, SA nombrará un instructor, y esta informará al presunto delincuente, a través de una nota escrita. Después de la encuesta promovida por el instructor y presentó su informe a la GPL - Golf Ponte de Lima SA, que se oye al presunto delincuente y escuchó a la dirección del club se decidirá sobre el asunto.

Si el miembro es encontrado culpable puede ser castigado, según la gravedad de su delito:
a) suspensión (por un período no superior a seis meses);
b) Expulsión (el miembro tendrá derecho a designar a otro miembro a su lugar sujeto a la aprobación del club y de acuerdo con el artículo sexto).

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 16º
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO
Esta regulación del Club sólo deberá ser revocada o modificada por la propuesta y con el voto afirmativo de por lo menos tres cuartas partes de los miembros del Club de Golf en Ponte de Lima y la mitad de los otorgantes de los socios fundadores de la escritura de constitución del club, que se reunirán inusual para este propósito.

Artículo 17º
REGLAS DE GOLF DE ROPA Y ETIQUETA
Alternativa a este Reglamento se aplicarán las reglas del juego de golf aprobado por la Federación Portuguesa de Golf, lo que obligará a todos los socios.

Artículo 18º
FECHA DE ENTRADA EN VIGOR
El presente Reglamento entrará en vigor en la fecha de apertura del club.

Próximos torneos

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